EL PERIODO DE LACTANCIA

El Estatuto de los Trabajadores establece que la trabajadora por lactancia de un hijo menor de 9 meses tiene derecho, sin pérdida de retribución, a:

 • una hora de ausencia del trabajo que se puede dividir en dos fracciones o sustituirse por

• una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad,

• o bien acumularlo en jornadas completas, según negociación colectiva o acuerdo.


CLASES DE LACTANCIA

 • Lactancia natural o artificial

• Nacimiento, adopción, guarda legal o de hecho

El derecho de su disfrute pertenece

Tanto por la madre como por el padre indistintamente, pero no lo pueden disfrutar los dos a la vez si ambos trabajan

Si los padres estuviesen separados solo la podrá disfrutar quien tenga la custodia o guardia legal. (TSC)

EL HORARIO LO CONCRETA

: El trabajador será el que establezca las horas y el periodo de disfrute. (Alegando a los principios de buena fe y ausencia del abuso del derecho en el ejercicio de los derechos de los trabajadores, debido a que estos son los que eligen)

 Deberá preavisar al empresario con 15 días de antelación la fecha en la que se incorporara a la jornada ordinaria.

 En caso de desacuerdo el trabajador acudirá a la mediación judicial en un plazo de 20 días a partir de que el empresario comunique su disconformidad, el acto de mediación deberá realizarse en los cinco días siguientes a la admisión de la demanda, debiendo emitirse la sentencia en el plazo de tres días. Contra esta sentencia no cabe recurso

PARTOS MULTIPLES

Según Sentencia del TSJ de canarias 24/5/91, y nueva redacción art. 37.4 ET, en caso de parto múltiple se tiene derecho a un permiso de lactancia por cada hijo.

Así, una madre que ha dado a luz a cuatro hijos puede disfrutar una reducción de jornada de dos horas diarias de permiso por lactancia.

ACUMULACION HORAS DE LACTANCIA PARA USARLAS COMO PERMISO RETRIBUIDO

A partir de la entrada en vigor de la LO 3/2007 de 22 de marzo, la mujer, por su libre voluntad, puede acumular el permiso de lactancia en jornadas completas de trabajo, en los términos previstos en la negociación colectiva o de acuerdo con la empresa.

Esto permite a las mujeres ampliar su baja maternal acumulando la hora de ausencia diaria de permiso por lactancia

DESPIDO:

Durante el periodo de lactancia el trabajador no podrá ser despedido por este motivo.
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