A partir de este miércoles ningún circo podrá tener animales silvestres o exóticos en sus espectáculos, según la Ley General de Vida Silvestre y a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente aprobada en marzo de este año, que multará con 225.000 pesos mexicanos (aproximadamente 15 mil dólares) a quienes incumplan esta norma.
El pasado 9 de junio la Asamblea Legislativa del DF (ALDF) aprobó una reforma legal que prohíbe el uso de animales en circos en la Ciudad de México.
Esta normativa no solamente restringe a los dueños de los circos de que exhiban los animales en espectáculos circenses, sino que también prohíbe que éstos sean empleados en sorteos, juegos, concursos o para que la gente se tome fotografías. Esto para evitar el maltrato animal.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales inició el pasado 2 de junio un programa de inspecciones a los zoológicos para verificar el estado de los animales. De 2507 animales evaluados, se aseguraron 926, según informó esta entidad.
De acuerdo a la Ley General de la Vida Silvestre, los circos deberán entregar una base de datos sobre el número y las características de los ejemplares silvestres que tengan para que la Secretaría de Medio Ambiente (Semarnat) los ponga a disposición de los zoológicos del país.
De acuerdo al inventario de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), 1091 ejemplares dejarán de ser utilizados en estos establecimientos.
De esa cantidad, la Semarnat otorgó autorizaciones de aprovechamiento para 870 animales, con lo que pueden ser vendidos, mientras que otros 87 obtuvieron autorización para ser exportados, según publica Aristegui Noticias.
Sin embargo, aún se desconoce cuál será el futuro del resto de los animales, según declaraciones del subsecretario de Gestión para la Protección Ambiental de la Semarnat, Rafael Pacchiano Alamán, en entrevista para Reforma.
"Los propietarios pueden conservar animales sin presentarlos en espectáculos públicos, pueden estar en exhibición", explicó.
En conferencia de prensa, el funcionario dijo que a partir de la entrada en vigor de la Ley, el 9 de julio, para conservarlos los cirqueros deberán hacerlo en condiciones de privilegio para los animales.
"Nosotros hemos insistido, desde que pasó la reforma, en que nos sentemos con para entender cuáles son los animales que les interesaría donar a zoológicos o a los santuarios, para que podamos publicar estos listados y encontrar el mejor sitio para estos animales", dijo Pacchiano Alamán al diario mexicano.
Agregó que "el problema es que si no sabemos cuál es el inventario por tipo de especie, pues no podemos hacer nada". También afirmó que no han recibido ninguna sola solicitud para reubicar a animales.
También señaló que el sacrificio de animales está terminantemente prohibido y dijo que hay 108 zoológicos que pueden recibir a los mil 46 animales registrados en los 199 circos.
Documentos de interés:
Conferencia de prensa PROGRAMA NACIONAL DE INSPECCIÓN A CIRCOS
Ley General de Vida Silvestre
Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre