El problema es que, en la información que nos facilitan las empresas de suministro eléctrico sobre nuestro consumo, no especifican cuales de los conceptos en los que se desglosa la factura pueden modificarse en las condiciones de contrato y cuales no, lo que dificulta la negociación de las condiciones de contratación para poder ahorrar dinero.
Por eso el post de hoy lo vamos a dedicar a las modificaciones de contrato que pueden suponer un ahorro de energía.
Principalmente podemos cambiar tres cosas:
Reducir la potencia contratada
Es posible que la potencia contratada sea mayor que la que realmente estemos necesitando, por lo que si la reducimos a lo que necesitamos podremos ahorrar en la factura. El ahorro dependerá de la potencia contratada de la que partamos, pero claro, si la potencia ya es baja no podremos ahorrar reduciéndola.
La potencia contratada es uno de los conceptos fijos que pagamos en la factura eléctrica. El importe que nos cobra la compañía eléctrica por este concepto es el resultado de multiplicar la potencia por los días de facturación y por la tarifa. De manera que cuanto mayor sea la potencia que tengamos contratada mayor será lo que paguemos.
En algunos casos, puede ser que estemos pagando por una potencia superior a la que realmente necesitemos. Lo normal es tener entre 2,2 y 5,5 kW, aunque la diferencia del importe fijo mensual entre una y otra potencia puede ser de hasta 80 ??? al año.
Para calcular la potencia eléctrica que necesitamos, debemos sumar las potencias de los aparatos eléctricos que utilizamos a la vez, teniendo en cuenta que los electrodomésticos de gran potencia conviene no utilizarlos al mismo tiempo. Deberemos contratar aquella potencia que sea inmediatamente superior a esta suma .
La reducción de la potencia eléctrica es un trámite sencillo que podemos tramitar contactando con nuestra compañía de suministro y que no conlleva costes elevados.
Cuanto mayor sea nuestro consumo eléctrico mayores probabilidades tendremos de ahorrar cambiando de tarifa pero más difícil será conseguir ahorros con la reducción de la potencia.
Cambiar la tarifa eléctrica
Existen tarifas que bonifican consumos nocturnos y en horas valle. El ahorro dependerá de la tarifa que tenga contratada previamente, si por ejemplo nos estamos beneficiando de la tarifa social no es posible ahorrar cambiándonos de tarifa, pues es la más económica del mercado. Y ¿qué tipo de tarifas podemos encontrar?
Tarifa TUR y una potencia contratada inferior o igual a 10kW
En la tarifa TUR o Tarifa de Último Recurso el Gobierno regula el precio máximo que se debe cobrar. Si tienes esta tarifa puedes permanecer o salir al mercado libre, pero hemos de tener en cuenta que pocas compañías pueden mejorar las condiciones de la Tarifa de Último Recurso.
Bono Social
El bono social es sin duda la tarifa más económica. Se trata de un descuento sobre el precio de la Tarifa de Último recurso TUR, cuando la potencia contratada ser inferior a 3 kW, o para determinados consumidores: pensionistas, familias numerosas o familias con todos los miembros en situación de desempleo. Se aconseja no abandonar esta tarifa mientras se cumplan los requisitos.
Tarifa con discriminación horaria
Ya sea en el mercado regulado como en el mercado libre es una tarifa muy favorable si el 25% de su consumo puede realizarse entre las 22.00 y las 12.00 en invierno y las 23.00 y las 13.00 en verano. Hay que tener en cuenta que utilizar los electrodomésticos fuera del período indicado conllevaría un sobrecoste de aproximadamente un 20% sobre el precio, por lo que antes de contratarla debemos asegurarnos de podremos adaptarnos a ella. Por ejemplo, si vivimos en comunidad debemos de tener en cuenta que los ruidos generados por los electrodomésticos se realizarán en horas nocturnas, y en algunas comunidades de vecinos esto no está permitido.
Tarifa del mercado libre
En este caso es recomendable comparar nuestra tarifa con la TUR y comprobar que sus precios (tanto en potencia como en energía) no son superiores. Si los precios son inferiores debemos comprobar que no se nos "ha obligado" a contratar servicios extras (por ejemplo el mantenimiento). En el caso de que nos estén aplicando descuentos hemos de prestar atención a la duración y el precio final una vez hayan caducado. Siempre se puede volver a la TUR, simplemente tendremos que llamar a la compañía e indicarlo. Antes de realizar cualquier cambio, es conveniente comprobar si hay cláusula de permanencia en el contrato vigente, si es así deberemos esperar a que finalice.
Cambio de empresa de suministro
Cada compañía de suministro ofrece diferentes tarifas que pueden adaptarse a nuestras necesidades en mayor o menor medida.Todo cliente tiene derecho a contratar en mercado libre con la empresa suministradora que estime más adecuada a sus necesidades. El consumidor interesado en cambiar de suministrador sólo necesita contactar con la nueva empresa elegida, quien normalmente se ocupará de todas las gestiones necesarias para lograr que el cambio sea efectivo. De la misma forma que en el caso anterior, es conveniente comprobar si hay cláusula de permanencia en el contrato vigente, si es así deberemos esperar a que finalice.
Antes de contratar una nueva compañía deberemos resolver las siguientes dudas
¿Sobre qué términos se nos está aplicando el descuento si es que lo hay?
¿Sobre qué precio se nos está aplicando el descuento?
¿Están sujetos a la contratación de “servicios añadidos” (por ejemplo mantenimiento)?
¿Cuándo caducan las ofertas?
¿Es un precio final definitivo o está sujeto a otros indicadores?
¿Está sujeta la oferta a un mínimo o un máximo de consumo?
Y además es recomendable:
No aceptar ofertas que no entendamos
Solicitar el contrato por escrito y revisarlo tantas veces como haga falta.
Comprobar que no hay cláusula de permanencia en el contrato vigente.
Fuente: Instituto Valenciano de la Edificación
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