Actualmente en muchos países del mundo los gobiernos no se ocupan de garantizar que se respeten los derechos humanos de todos sus ciudadanos o incluso los vulneran sistemáticamente ellos mismos.
Y aunque la mayoría de las personas puedan conocer que estos derechos fundamentales existan e incluso puedan nombrar algunos, como el derecho a la vida, libertad, salud o educación, lo cierto es que no podríamos saber de memoria cuales son los 30 derechos humanos.
¿Y cómo podemos defender nuestros derechos si no los conocemos a ciencia cierta? Por ello, y porque el conocimiento es poder, hoy te mostraremos la lista de derechos humanos universales, para que cada uno desde su perspectiva pueda defender estos derechos que nos pertenecen a todos, por el simple hecho de ser seres humanos.
Los derechos fundamentales de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Derecho a la dignidad e igualdad de derechos
“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.
Derecho a la no discriminación por sexo, raza, idioma, religión, condición social o postura política
“Toda persona tiene todos los derechos humanos fundamentales, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”.
Derecho a la vida, libertad y seguridad personal
“Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.
Derecho a una vida libre de esclavitud
“Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas”.
Derecho a una libre de torturas o tratos crueles
“Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”.
Derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica
“Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica”.
Derecho a la igualdad ante la ley
“Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja sus derechos humanos”.
Derecho a interponer recursos ante los tribunales de su país
“Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley”.
Derecho a no ser detenido, apresado o desterrado sin un motivo válido
“Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado”.
Derecho a ser escuchado y procesado en tribunales independientes e imparciales
“Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia pena”.
Derecho a la presunción de su inocencia
“Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa”.
Tampoco, nadie podrá ser condenado por acciones u omisiones que no sean catalogadas como delitos al momento de cometerlas, y tampoco se podrá imponer una pena superior a la aplicable al momento de ser cometido el delito.
Derecho al respeto de su vida privada
“Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.
Derecho a la libre circulación y residencia
“Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”.
Derecho al asilo
“En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país”.
A menos que la persona haya cometido delitos que atenten contra los propósitos y principios de las Naciones Unidas y los derechos fundamentales
Derecho a tener una nacionalidad y a cambiarla de quererlo así
“Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad”.
Derecho al matrimonio bajo consentimiento y a la protección del mismo por parte del Estado
“Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio”.
Derecho a la propiedad privada
“Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad”.
Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión
“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia”.
Derecho a la libertad de opinión y expresión
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
Derecho a la libre reunión y asociación
“Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación”.
Derecho a la democracia y a decidir el gobierno de su país
“Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto”.
Derecho a una seguridad social óptima, así como la garantía de sus derechos económicos, sociales y culturales
“Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”.
Derecho al acceso y elección de su trabajo, remuneración acorde al trabajo realizado y a fundar sindicatos
“Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo”.
También tiene derecho a trabajar en un ambiente libre de discriminación, y recibiendo un salario satisfactorio y acorde al trabajo realizado, igual al de otras personas que desempeñen el mismo trabajo.
Además, todas las personas tendrán derecho a fundar o asociarse a sindicatos para defender sus intereses laborales.
Derecho al descanso y al tiempo libre
“Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas”.
Derecho a un nivel de vida que asegure su bienestar personal y el de su familia, así como protección a la maternidad y a los niños
“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social”.
Derecho a la educación elemental gratuita y obligatoria
”Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos”.
Así mismo, la educación recibida deberá favorecer el desarrollo personal, la comprensión, tolerancia y amistad entre naciones, grupos étnicos y religiosos.
Aun así, la última palabra en cuanto a la educación recibida la tendrán los padres, que podrán escoger el tipo de educación para sus hijos.
Derecho a participar en manifestaciones culturales y la protección de sus intereses como autor
“Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora”.
Derecho a un orden social que garantice sus derechos
“Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos”.
Deberes para con su comunidad, y el de respetar los derechos de otros
”Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad”.
Las personas deberán disfrutar de sus derechos dentro de los límites de la ley de sus países y respetando los derechos de las demás personas, rigiéndose por los principios y propósitos de las Naciones Unidas.
Estos derechos no podrán ser revocados
Para cerrar la Declaración Universal de Derechos Humanos finaliza con el siguiente párrafo:
“Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración”.
En síntesis, estos derechos son:
Inherentes al ser humano, ya que cada quien nace con ellos
Nos hacen iguales ante las leyes, ya que nadie puede ejercer su derecho por encima del derecho de otra persona
De cumplimiento obligatorio por parte de todas las naciones
Son inquebrantables, puesto que están ligados a la condición humana
Se entrelazan y solapan uno con otro, de manera que se deben respetar todos, o se los estaría vulnerando a todos
¿Conocías todos los derechos humanos? ¿Sabías que este año se cumplen 70 años de su Declaración como Derechos Universales? ¿Crees que en tu país se respetan estos derechos? Cuéntanoslo todito todo en los comentarios
Fuente de información: Declaración universal de los derechos humanos